Habrá nuevo día de descanso obligatorio en México. Te contamos.

A partir del 2024, los mexicanos podrán disfrutar de un día más de descanso obligatorio. Aquí te explicamos para cuándo es y para quiénes.

NACIONAL.- Los días feriados tienen por objetivo que los trabajadores puedan conmemorar fechas cívicas o religiosas trascendentales para el país. Esto va de acuerdo con la Ley federal del Trabajo (LFT).

Dichos días, se encuentran enmarcados en el artículo 74 de la LFT. Sin embargo, con la reforma que se llama Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) el calendario tendrá una modificación. Y esta será significativa.

Este cambio lo aprobo el Congreso mexicano el pasado 17 de noviembre de 2021. Con este, los mexicanos podrán disfrutar de un nuevo día de asueto a partir del 2024.

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Ahora bien, a partir del próximo año, el cambio del gobierno del poder Ejecutivo (la presidencia) se realizará el 1 de octubre. En años anteriores, en cambio, se realizaba el 1 de diciembre. Es decir, ahora el descanso será el primero del décimo mes del año.

En el pasado, la LFT daba el 1 de diciembre como día de asueto para realizar las ceremonias correspondientes al que el país cambiaba de gobierno. Estas, cabe recordar, se llevan a cabo cada seis años.

Al estar escrito en la ley, esté nuevo día de descanso obligatorio aplicará tanto para trabajadores como estudiantes. Es importante resaltar que no es por el cambio de presidente en sí, sino por la importancia de la democracia y la estabilidad política de México.

¿Cómo quedarán los días de asueto en el 2024?

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero por la promulgación de la Constitución Mexicana
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo por el Día del Trabajo
  • 16 de septiembre por el Día de la Independencia
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración a la Revolución Mexicana
  • 1 de octubre cada seis años, cuando corresponda a la transición del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre

Ahora bien, los trabajadores que asistan a sus labores en estos días tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda, un salario doble por el servicio prestado. O bien, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.

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