La Ley Federal del Trabajo establece el 16 de marzo como día de descanso obligatorio y detalla el pago que corresponde a quienes deban laborar

Tras el reciente puente del 2 de febrero, trabajadores en México han comenzado a informarse sobre las próximas fechas de descanso obligatorio previstas para 2026. De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), el tercer puente oficial del año se presentará el lunes 16 de marzo, con motivo de la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez, que se celebra el 21 de marzo.

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El artículo 74 de la LFT indica que este día es considerado descanso obligatorio para las personas que mantienen una relación laboral formal, incluyendo empleados, obreros, jornaleros y artesanos.

Gracias a su cercanía con el fin de semana, algunos trabajadores podrán disfrutar de un periodo de descanso extendido de dos o hasta tres días, dependiendo de su jornada habitual.

En caso de que una empresa requiera que su personal labore durante esta fecha, el artículo 75 de la misma ley establece que deberá existir un acuerdo previo entre ambas partes.

Asimismo, los trabajadores que presten sus servicios en un día festivo tienen derecho a recibir su salario normal, más un pago doble adicional, lo que se traduce en un salario triple por esa jornada.

La legislación también recuerda que las personas con más de un año de antigüedad tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas no menor a 12 días laborables.

Además del 16 de marzo, la LFT contempla como días de descanso obligatorio en 2026 el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre y el 25 de diciembre, sin descartar la posibilidad de días adicionales por procesos electorales.

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